VIOLENCIA FÍSICA Y PSICOLÓGICA
De acuerdo con la legislación vigente en Guatemala, el maltrato contra las personas menores de edad es entendido como toda acción u omisión que provoque a una persona menor de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva, daño físico, psicológico, enfermedad o coloque al niño o niña o persona menor de edad en grave riesgo de padecerlos (Se considera a todas las personas menores de 18 años).
Comprende los actos cometidos por
madres, padres o personas adultas que les generan
lesiones físicas temporales o permanentes; causados
con diversos objetos (cinturones, cables de luz, palos,
cigarrillos, diversas sustancias, etc.)
Cuando se le dice a la persona que
no hace nada bien, se le culpa por todo, se burla de su
persona, se le ridiculiza o se le humilla ante su familia o
extraños, (aquí se incluye el aislamiento por parte de la
madre, padre o encargado) o sea se ejerce control sobre
sus actividades: a quien ve, con quien habla, a donde va.
Se le impide visitar y ser visitada por familiares y amigas;
le esconde las cosas, escucha sus conversaciones.
Acá puedes descargar todas las imágenes sobre los indicadores de violencia, ruta interna para la referencia de casos de violencia.
A continuación puedes descargar la ficha que puede ser llenada a la hora
de la identificación de maltrato o violencia física o psicológica hacia una persona
menor de edad, por parte de la madre, padre, encargado o conocido.




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